MANTENIMIENTO DE LOS EXTINTORES CONTRA INCENDIOS




MANTENIMIENTO DE LOS EXTINTORES CONTRA INCENDIOS.

Todo extintor de incendios debe tener siempre actualizado su correspondiente mantenimiento.  Dicho mantenimiento lo establecen las tablas I y II del RII Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Las operaciones de mantenimiento de los extintores se rigen por dos tablas, las operaciones de la tabla I serán efectuadas por un instalador, un mantenedor autorizado, o por el personal del usuario o titular de la instalación anti incendio.

 

TABLA I.   

Equipo o sistema

CADA TRES MESES

Extintores de incendio

Comprobación de la accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación.

Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc.

Comprobación del peso y presión en su caso.

Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas (boquilla, válvula, manguera etc.)

 El peso y la presión del extintor de incendios deben comprobarse siempre.

 

Las operaciones de mantenimiento de los extintores de incendios recogidas en la tabla II serán efectuadas por personal del fabricante, instalador o mantenedor autorizado para los tipos de aparatos, equipos o sistemas de que se trate, o bien por personal del usuario, si este ha adquirido la condición de mantenedor y dispone de medios técnicos adecuados, a juicio de los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autonómica.

La recarga y mantenimiento de los extintores portátiles se realizará por las empresas mantenedoras que cumplan las requisitos establecidos en la ITC-MIE-AP5 y estén autorizadas. 

 

TABLA II. 

Equipo o sistema

CADA AÑO

CADA CINCO AÑOS

 

Extintores de incendio

Comprobación del peso y presión en su caso.

En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión se comprobará el buen estado del agente extintor y el peso y aspecto externo del botellín.

Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas.

NOTA: En esta revisión anual no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan observado anomalías que lo justifiquen.

En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la apertura y revisión interior del extintor, se puede utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo que se coloca en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no pueda ser retirada sin que se produzca la destrucción o deteriora de la misma.

 

A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se retimbrará el extintor de acuerdo con la ITC-MIE AP.5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios.

 

RECHAZO: Se rechazarán aquellos extintores que a juicio de la empresa mantenedora presenten defectos que pongan en duda el correcto funcionamiento y la seguridad del extintor o bien aquellos para los que no existan piezas originales que garanticen el mantenimiento de las condiciones de fabricación.

Es muy importante cumplir siempre las revisiones de mantenimiento de los extintores contra incendios.

 

En todos los casos, tanto el mantenedor como el usuario o titular de la instalación anti incendios, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, indicando como mínimo los siguientes requisitos:

- Las operaciones efectuadas

- El resultado de las verificaciones y pruebas 

- La sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. 

Las anotaciones deberán llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la comunidad Autonómica correspondiente.  




Fuente: expower.es

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